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martes, 18 de septiembre de 2018

Jubilados de la Patagonia


Inquietante noticia.  Una vez más los derechos de nuestros jubilados se ven amenazados por el gobierno neoliberal de Macri
https://www.enestosdias.com.ar/2893-presupuesto-2019-incluye-una-poda-del-50-de-la-zona-austral-a-nuevos-jubilados

Presupuesto 2019 incluye una poda del 50% de la Zona Austral a nuevos jubilados  
El Gobierno de Macri incluyó en el proyecto de presupuesto una rebaja que afectará a los futuros jubilados de la región. Doñate criticó duramente la medida.


¿Desde cuándo los jubilados de la Patagonia gozan de este derecho?  ¿Fue una decisión del gobierno anterior?  En la página de infoleg buscamos la ley pertinente y es bastante anterior a lo que se dice en estos días.  Este derecho fue establecido en el año 1972 por un gobierno de factoPosteriormente el artículo 1º fue modificado por los gobiernos democráticos en 1989 y 2008 con la idea de ampliar derechos pero preservando su esencia. 


Texto de la LEY N° 19.485 
Establécese el coeficiente de bonificación para los beneficiarios residentes en la Patagonia.

Bs. As., 9/2/72
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1° — Establécese el coeficiente de bonificación 1,40 para las jubilaciones, pensiones, pensiones no contributivas, graciables y la pensión honorífica para veteranos de guerra de Malvinas e Islas del Atlántico Sur, que se abonan a los beneficiarios que residan en las Provincias de Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, La Pampa, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Carmen de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
Art. 2° — Facúltase al Ministerio de Bienestar Social a dictar normas generales sobre los recaudos que exigirán las Cajas Nacionales de Previsión para acreditar la radicación requerida en el artículo anterior.
Art. 3° — La presente ley regirá a partir del día 1° del mes siguiente al de su promulgación.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


Desde aquel momento, todos los gobiernos democráticos y los gobiernos de facto, incluida la  dictadura genocida, han respetado este beneficio que tiene en cuenta las condiciones de vida en la Patagonia.  Pero el Fondo Monetario Internacional, desde Washington, considera excesivo el coeficiente 1,4 y obedientemente el gobierno lo baja a 1,2 (por ahora) y así aparece en el proyecto de presupuesto.



   
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Referencias

Revolución Argentina (aquellos tumultuosos años 60s) es el nombre con el que se autodenominó la dictadura cívico-militar que derrocó al presidente constitucional Arturo Illia mediante un golpe de Estado el 28 de junio de 1966. Este gobierno de facto  pretendió establecerse como un nuevo sistema dictatorial de tipo permanente: un Estado Burocrático Autoritario. La alta conflictividad política y social generada por esta dictadura incluyó una famosa fuga de cerebros, puebladas, la aparición de la guerrilla y luchas internas entre los militares que produjeron dos golpes por los que sucesivamente ocuparon el poder: Juan Carlos Onganía(1966-1970), Roberto Marcelo Levingston (1970-1971) y Alejandro Agustín Lanusse(1971-1973).

Dijo Arturo Illia: No les tengo miedo a los de afuera que nos quieren comprar sino a los de adentro que nos quieren vender.

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