- Ley Nº 26.485, es la ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollan sus relaciones interpersonales. Convertida en ley por el Congreso de la Nación Argentina y promulgada por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner el 1 de abril de 2009. El manual de uso puede descargarse en: http://www.cnm.gov.ar/MaterialDeDifusion/ManualLey26485.pdf
- La ley 26.485 fue parcialmente reglamentada y puesta en vigencia el 19 de julio de 2010. Esta reglamentación puede consultarse en http://www.cnm.gov.ar/LegNacional/DECRETO_1011_LEY_26.485.pdf
- Recursos para la atención integral de las mujeres en situación de violencia - Consejo Nacional de las Mujeres. Se pueden consultar los recursos disponibles para la provincia de Río Negro en http://www.cnm.gov.ar/GNR/GuiaNacionalDeRecursosRioNegro.html
Erica Rivas, Juan Minujín y Maitena |
Los puntos salientes
- Implementar con todos los recursos necesarios y monitorear el Plan Nacional de Acción para la Prevención, la Asistencia y la Erradicación de la violencia contra las mujeres, tal como lo establece la ley 26.485.
- Garantizar que las víctimas puedan acceder a la Justicia. En cada fiscalía y en cada comisaría debe haber personal capacitado e idóneo para recibir las denuncias. Las causas de los fueros civil y penal deben unificarse; las víctimas deben tener acceso a patrocinio jurídico gratuito durante todo el proceso judicial.
- Elaborar el Registro Oficial Unico de víctimas de violencia contra las mujeres. Realizar estadísticas oficiales y actualizadas sobre femicidios. Sólo dimensionar lo que sucede permitirá el diseño de políticas públicas efectivas.
- Garantizar y profundizar la Educación Sexual Integral en todos los niveles educativos, para formar en la igualdad y para una vida libre de discriminación y violencia machista. Sensibilizar y capacitar docentes y directivos.
- Garantizar la protección de las víctimas de violencia. Implementar el monitoreo electrónico de los victimarios para asegurar que no violen las restricciones de acercamiento que les impone la Justicia.
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